ANMAT prohibió productos que declaren contener retatrutide

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La medida rige en todo el país y alcanza la comercialización, distribución y publicidad de estos productos, salvo los destinados a investigaciones clínicas autorizadas

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) dispuso la prohibición del uso, comercialización, distribución y publicidad de todos los productos destinados a la administración en humanos que declaren contener retatrutide o retatrutida.

La medida, establecida mediante la Disposición N° 6140/26, alcanza a todos los lotes, tamaños y presentaciones, tanto en establecimientos comerciales como en plataformas de venta electrónica. La única excepción corresponde a productos destinados a investigaciones clínicas que cuenten con autorización expresa del organismo.

La decisión se tomó luego de detectar sitios web que ofrecían productos que declaraban contener esta sustancia. Según informó ANMAT, actualmente no existen especialidades medicinales comercializadas en Argentina que contengan retatrutide, ya que se trata de una sustancia que continúa bajo investigación clínica.

El organismo advirtió además que los productos involucrados no cuentan con registros que permitan comprobar su elaboración y fiscalización conforme a la normativa vigente. En consecuencia, no puede garantizarse su calidad, seguridad ni eficacia, y su utilización podría implicar un riesgo para la salud.

ANMAT recordó que todo producto destinado a la administración en personas debe contar con la correspondiente autorización sanitaria para su comercialización y utilización dentro del territorio nacional.

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