La Justicia falló a favor de la Marina Mercante y suspende el DNU 340/2025

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La jueza Viviana Dobarro ordenó una medida cautelar a favor de gremios marítimos, al considerar que el decreto vulnera derechos laborales y constitucionales.

Este viernes, el Juzgado Nacional del Trabajo N.º 32 dictó una medida cautelar que suspende de forma preventiva varios artículos del Decreto de Necesidad y Urgencia 340/2025, en respuesta a una acción de amparo presentada por sindicatos de la Marina Mercante.

El fallo, firmado por la jueza Viviana M. Dobarro, sostiene que el decreto fue dictado “sin observar el proceso constitucional requerido” y que sus disposiciones “podrían afectar derechos laborales, sindicales y de organización amparados por la Constitución Nacional y tratados internacionales”.

Testimonios del sector

Desde el Centro de Patrones y Oficiales Fluviales, una de las entidades que impulsó el amparo, su secretario general, Julio González Insfrán, afirmó:

“Este fallo es un alivio. No se puede permitir que se legisle por decreto sobre cuestiones que afectan de manera tan directa a los trabajadores”.

Por su parte, la abogada laboralista Marta Almirón, asesora legal de los gremios demandantes, remarcó:

“El DNU eliminaba garantías mínimas de trabajo embarcado, como los descansos, licencias, y hasta el derecho a la negociación colectiva”.

Contexto: qué planteaba el DNU 340/2025

El DNU 340/2025 fue emitido por el Poder Ejecutivo el pasado mes de junio como parte de una serie de reformas orientadas —según el texto oficial— a “modernizar y flexibilizar” el régimen laboral del transporte marítimo.

Entre los puntos más cuestionados por los sindicatos estaban:

  • La posibilidad de reemplazar convenios colectivos por contratos individuales.
  • La eliminación de la jornada máxima embarcada de 8 horas.
  • La restricción al derecho de huelga en tareas consideradas “esenciales”.

La mirada judicial

La jueza Dobarro destacó que el decreto no fue discutido en el Congreso y que su aplicación podría lesionar derechos constitucionales. Citó fallos anteriores de la Corte Suprema que limitan el uso de decretos de necesidad y urgencia, especialmente en materia laboral.

“Los DNU no pueden modificar derechos sustanciales sin debate legislativo. La urgencia no justifica suplantar al Congreso”, escribió la magistrada en su resolución.

Repercusiones y próximos pasos

Desde el Ministerio de Transporte aún no hubo declaraciones oficiales, aunque fuentes cercanas anticipan que el Gobierno apelará la medida. Mientras tanto, el DNU queda parcialmente suspendido para el sector marítimo hasta que haya una sentencia definitiva.

Los gremios marítimos, en tanto, celebran el fallo como una señal de respaldo a sus derechos. «No nos oponemos a los cambios, pero estos deben hacerse con diálogo y respeto por la Constitución», afirmaron.

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