Día del Trabajador: ¿Cómo se trabaja y paga el 1 y 2 de mayo?

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Con la llegada de mayo, muchos trabajadores se preguntan cómo se aplican las normativas laborales en torno al Día del Trabajador y el feriado turístico que lo acompaña. A continuación, te explicamos qué establece la ley para el 1 y 2 de mayo.

Jueves 1 de mayo – Feriado nacional por el Día del Trabajador

El jueves 1 de mayo es un feriado nacional inamovible y obligatorio, en conmemoración del Día Internacional del Trabajador. De acuerdo con el artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT), si un empleado debe trabajar ese día, debe cobrar el doble de una jornada normal.

Esto significa que además del salario habitual, se le suma una compensación equivalente, como si se tratara de una jornada extra.

Viernes 2 de mayo – Día no laborable con fines turísticos

El viernes 2 de mayo fue decretado como día no laborable con fines turísticos. A diferencia del 1 de mayo, en este caso el empleador tiene la potestad de decidir si la empresa trabaja o no.

Si se trabaja, el empleado cobra su salario habitual, sin ningún tipo de recargo. Si no se trabaja, dependerá de la decisión empresarial si se descuenta o no la jornada, según el tipo de actividad y convenio aplicable.

Puede ser una imagen de texto que dice "INFO FERIADOS JUEVES 1 DE MAYO Día Diadeltrabajador del trabajador VIERNES 2 DE MAYO Día no laborable con fines turísticos ¿ES FERIADO? 1 ¿EL COMERCIO PUEDE ABRIR? 2 SI &ΜE PUEDO NEGAR A TRABAJAR ESE DÍA? NO SI SI DE NO ASISTIR A TRABAJAR, ¿SE DESCUNTA ESE DÍA? SI EN CASO DE TRABAJAR, ¿CORRESPONDE EL PAGO ADICIONAL? NO NO SI SI NO"

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